De las mujeres como víctimas a las mujeres como victimarias ¿Variante o distorsión del feminismo?/Román J. Duque Corredor*

Karen Engle, profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad de Texas en Austin, en teoría feminista legal, fundadora y codirectora del Bernard y Audre Raporpot Centro de Derechos Humanos y Justicia de la misma Escuela , es autora de diversos textos y ensayos en los temas de la violencia del género, como “Gobernanza Feminista y derecho internacional: del liberal al feminismo carcelario (“Feminist Governance and International Law: From liberal to Carceral Feminist”) y “ Una genealogía de la centralidad de la violencia sexual al género y conflicto (“A Genealogy of the Centrality of Sexual Violence to Gender and Conflict”)[1] . Esta académica, con ocasión del Acuerdo de Paz, entre el gobierno colombiano y las FARC, en el libro colectivo “Perspectivas jurídicas para la paz”[2], escribió un ensayo titulado: “El Juicio del sexo en tiempos de Guerra”, manteniendo una posición diferente al criterio dominante sobre la violación de las mujeres en el derecho internacional, como víctimas inocentes de la guerra, para lo cual, siguiendo los personajes femeninas de Pilar y Maria, de la novela “¿Por quién doblan las campanas?, de Ernest Hemingway, distingue las mujeres como actores militares, políticos y sexuales. Asimismo, respecto de esta distinción examina la jurisprudencia internacional, principalmente la del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (TPIY), en la cual, según la profesora Engle, y algunas feministas, “solo pudieron identificar a las mujeres como víctimas de violación”, pero no como responsables, por lo que consideró necesario distinguir en cualquier guerra o conflicto bélico, los roles en que pueden encontrarse las mujeres. Y en su ensayo, además, resulta interesante para la teoría del feminismo sus consideraciones sobre el sexo y género en la guerra y después de ella.
Por el contrario de lo que pudiera suponerse, la posición de la profesora Engle, no resulta una distorsión del feminismo positivo, por cuanto lo que procura es que el tema de la violencia sexual no se utilice, por un lado, para considerar destruidas irremediablemente a las mujeres que han sido violadas durante la guerra. Y, por otro lado, que la violación femenina en estos conflictos, no se utilice para esconder la responsabilidad de las mujeres por sus roles políticos, militares o sexuales. O, su falta de responsabilidad por estos delitos. Por ejemplo, cita el caso de la ex presidenta serbia Biljana Plavsic, que fue acusada de genocidio y crímenes de lesa humanidad, ante el TPIY, pero que al declararse culpable por cargos menores, le fueron retirados los cargos por aquellos crímenes de guerra[3]. E, igualmente, el caso de Pauline Nyiramasuhuko, ex ministra de Familia y Desarrollo de la Mujer de Ruanda, que fue la única acusada ante la Corte Penal Internacional, por incitar a hombres hutis a violar mujeres tutsis, aunque existía un gran número de mujeres que participaron en el genocidio de Ruanda[4]. La profesora Karen Engle se refiere a las mujeres como actores militares, no solo como soldados sino incluso en atrocidades cometidas durante la guerra, y, también, como la relación sexual de las mujeres militares no es considerada como parte de su actividad militar, sino, por el contrario, de complemento o accesorio a la de los hombres militares, y no como parte de su propia actividad. Es decir, que no se les considera guerreras sino parejas, esposas o madres de los soldados, aunque de hecho también fueron militares o soldados. Ello ha permitido, por ejemplo, negarles valentía a las mujeres soldados o combatientes en la guerra, con igual mérito que los hombres. O, la presunción de considerar a los hombres como los eternos autores de delitos y a las mujeres como las eternas víctimas. En este contexto, surgió el caso de la violencia sexual practicada por mujeres soldados estadounidenses en la prisión de Abu Ghraib, en Irak, que fue difundido en fotografías.
La profesora Engle sostiene que no hay que dar lugar ni generalizar la creencia de que las mujeres, de alguna manera, están exentas de ser perpetradoras de crímenes de guerra. Por otro lado, la mencionada profesora se refiere a las mujeres como actores políticos, dentro de contextos socioculturales, como, por ejemplo, el nacionalismo o el extremismo religioso, en las que las mujeres desempeñan papeles políticos, como en el caso de las mujeres serbias que eran más nacionalistas o fundamentalistas que los hombres, pero, que por haber sido violadas, no se les vio ninguna responsabilidad, por un sentimiento negativo de lastima, como si como persona no tuviera otra identidad sino la de víctima. Karen Engle, estima perjudicial este criterio para el verdadero feminismo. Otra aspecto que trata esta profesora es el de las mujeres como actores sexuales, y se refiere al caso de las mujeres que viven en zonas de guerra que consienten en tener relaciones con hombres del otro bando, que por el odio étnico, hace ver imposible pensar e imaginar el sexo consentido, y mucho menos, el amor entre personas de diferentes razas, cuando, lo cierto es que “el amor sucede cuando alguien trata a otra personas como un ser humanos, con ternura y comprensión, en donde hay un reconocimiento de que el amor debe ser libre para ser amor”, como lo afirmó el Fiscal en el Caso Kunarac[5], al admitir la defensa de la existencia de esas relaciones para no hacer cargos por acusaciones de violación.
En verdad, que el ensayo de la profesora Karen Engle, “El juicio del sexo en tiempos de Guerra”, que dio origen a este breve comentario, luce apropiado para resaltar en el Día de Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el 25 de noviembre, que el tratamiento de este tema, a través del derecho internacional de la guerra y de la jurisprudencia de los tribunales de crímenes de lesa humanidad, es solo una parte del problema, y no el problema en sí mismo, cual es el de la violencia cotidiana o los abusos sexuales, entre parejas, que incluye el tráfico de mujeres, la mutilación genital femenina, el homicidio por el honor, o, en general, el feminicidio, dentro de lo cual la violación de mujeres en los conflictos bélicos, es otro caso, que resulta grave, por ser un crimen de guerra, en los cuales, evidentemente, que las mujeres son víctimas, pero cuya propaganda no puede llevar a presunciones que desvirtúan la cuestión de principio, como lo es que en materia de responsabilidades no existen diferencias o discriminaciones entre hombres y mujeres. Y que por lo que puede haber asentado la jurisprudencia internacional, en los casos de acusaciones en contra de mujeres militares, políticas o actoras, en los cuales lo determinante es la prueba de su responsabilidad, para establecer como criterio su falta de responsabilidad por su condición femenina, es una velada campaña contra el derecho de igualdad de la mujer.
[1] https://law.utexas.edu/faculty/karen-engle/publications/
[2] Universidad de Los Andes, Facultad de Derecho, Bogotá, 2016.
[3] Caso Nº IT-00 39&40/1, Fiscal vs. Plavsic, 27.02.2003.
[4] Caso Nº ICTR 97-21-I, Fiscal Vs. Nyiramasuhuko, enmienda a la acusación, 03.01.2001.
[5] Caso Fiscal Vs. Kunarac, trascripción par 6277.
*Colaboración especial para Mujer y Ciudadanía
Ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia
Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales
Presidente de la Fundación Alberto Adriani.
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