¿Igualdad de oportunidades o de sexo?/José Vicente Rodríguez Aznar/El Universal

Asignar cupos condicionados al sexo masculino o femenino es una afrenta para ambos
Para regular los derechos de participación política en las próximas elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, el Consejo Nacional Electoral ha dictado una norma que obliga a los partidos políticos y grupos de electores a que sus postulaciones tengan una composición paritaria de 50% para cada sexo, hombres y mujeres.
Es de observar que la igualdad de género, de derechos de las mujeres y la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer, están consagrados en numerosos acuerdos internacionales patrocinados por Naciones Unidas. Estas decisiones de carácter universal obedecen a que en muchos países existían, y en algunos aún existen, discriminaciones y terribles vejaciones contra la mujer, especialmente en el Medio Oriente y África.
Ahora bien, los derechos de la mujer en la cultura occidental, a la que pertenecemos, han cambiado drásticamente en las últimas décadas. Los movimientos feministas en un principio y, en especial, el desarrollo económico, social y cultural, han hecho que las mujeres ocupen posiciones que tradicionalmente eran exclusivas del sexo masculino. Basta citar en nuestra región a Argentina, Brasil, Chile y hasta hace pocos meses Costa Rica, países presididos por mujeres, quienes no llegaron a esas posiciones por ser mujeres sino por sus cualidades académicas, políticas y de luchadoras sociales, en abierta competencia con adversarios masculinos.
En Venezuela, durante 136 años desde nuestra independencia en 1811, las mujeres no tuvieron derecho al sufragio. Es con los gobiernos democráticos en las últimas décadas, donde ellas tienen alta participación institucional y política. La Asamblea Nacional Constituyente de 1947 presidida por Andrés Eloy Blanco fue la que otorgó a las mujeres la participación en elecciones presidenciales y parlamentarias. Raúl Leoni nombró a la primera Ministra. Carlos Andrés Pérez a la primera Gobernadora de Estado y también creó el Ministerio para la Participación de la Mujer en el Desarrollo. Con Luis Herrera se reformó el Código Civil igualando los derechos entre hombres y mujeres. Jaime Lusinchi creó el Ministerio de la Familia y designó varias mujeres gobernadoras. En 1989, estrenando el voto directo para elegir gobernadores y alcaldes, 21 mujeres fueron electas alcaldesas. En 1993 se aprobó la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer. En 1998 la Ley Contra la Violencia hacia la Mujer y la Familia. A partir de 1999 los gobiernos de Chávez y Maduro han creado diversos organismos y misiones en favor de la mujer.
En la actualidad, importantes cargos públicos los ejercen mujeres o los han ejercido recientemente: magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, rectoras del CNE, defensoras del pueblo, procuradoras, diputadas, gobernadoras, alcaldesas, ministras, rectoras de universidades, etc. Una honorable dama preside el partido Acción Democrática. No tenemos la menor duda que sus respectivas designaciones fueron por méritos propios y no por su condición de mujeres.
La mujer venezolana tiene suficiente capacidad y responsabilidad para acceder a la elección para cargos legislativos, por lo que darles cupo por su sexo es dudar de sus condiciones. Por otra parte, la fijación de cupos es sospechar que los partidos políticos tienen internamente conductas discriminatorias contra la mujer, lo que es inaceptable en la Venezuela de hoy. Dichas postulaciones no deberían estar determinadas por su sexo, sino en función de las cualidades de los candidatos o candidatas, cuya definitiva aceptación les corresponde a los electores. Asignar cupos en las postulaciones condicionados al sexo masculino o femenino es una afrenta para ambos.
josevicenterodriguez.aznar@gmail.com
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